7.6.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 202/347 |
29. Declaración relativa a la letra c) del apartado 2 del artículo 107 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea
La Conferencia toma nota de que la letra c) del apartado 2 del artículo 107 debe interpretarse de acuerdo con la jurisprudencia existente del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en materia de aplicabilidad de estas disposiciones a las ayudas concedidas a determinadas regiones de la República Federal de Alemania afectadas por la antigua división de Alemania.