7.6.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 202/357


59.   Declaración del Reino de los Países Bajos relativa al artículo 312 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea

El Reino de los Países Bajos aprobará una decisión a que se refiere el párrafo segundo del apartado 2 del artículo 312 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea una vez que, mediante una revisión de la decisión contemplada en el párrafo tercero del artículo 311 de dicho Tratado, se haya ofrecido a los Países Bajos una solución satisfactoria de su situación de pagos neta negativa, excesiva con respecto al presupuesto de la Unión.